Promovemos las mejores prácticas de la profesión de la psicología

La Asociación de Psicología de Puerto Rico es la organización profesional que más profesionales y estudiantes de psicología agrupa en el país. Tiene entre sus responsabilidades fomentar y alentar a los y las profesionales de la psicología a llevar a cabo prácticas basadas en evidencia científica dentro del campo de la psicología, bajo los más altos estándares éticos, así como hacerles un llamado a respetar los derechos humanos universales y promover el principio de equidad. A través de este escrito deseamos alertar acerca de diferentes situaciones que han estado ocurriendo dentro de nuestro gremio que representan violaciones éticas y que requieren atención inmediata y sostenida.
Entendemos que los(as) profesionales de la psicología tienen derecho a tener opiniones, creencias y prácticas personales. Sin embargo, dichas creencias, opiniones y prácticas personales no deben afectar su trabajo, ni ponerse por encima de lo establecido por la evidencia científica, al momento de ofrecer tratamientos y/o realizar expresiones públicas.
La formación académica que cada profesional recibe le provee unas competencias particulares y le faculta para llevar a cabo unas prácticas específicas. Presentarse con un título para el cual no se tiene preparación académica formal o anunciarse como especialista en áreas que la psicología no establece como especialidad dentro del campo, se consideran falsa representación y constituye una falta ética grave. Esto también incluye llevar a cabo el ejercicio de la profesión sin tener licencia profesional otorgada por el Estado a través de la Junta Examinadora de Psicólogos de Puerto Rico.
Nuestro trabajo como profesionales de la psicología debe alejarse de cualquier práctica que pudiera resultar discriminatoria o ir en detrimento de cualquier persona. La psicología es una ciencia; por tanto, el ejercicio de esta requiere cumplir con los estándares establecidos por ley, y los planteamientos y acuerdos avalados por la ciencia. Cualquier profesional cuya conducta vaya en contra de estas prácticas está incurriendo en faltas graves, las cuales tienen consecuencias, tanto para la población a la que sirven, como para su persona, dado las repercusiones legales que podría tener que enfrentar.
En el transcurso de los últimos meses hemos recibido denuncias de faltas éticas cometidas por profesionales de la psicología que laboran en diversos escenarios. Estas incluyen situaciones que confrontan compañeros que laboran en el Departamento de Educación. También incluyen expresiones públicas de colegas que no reconocen que las terapias de conversión son una realidad en el país y son una práctica que se aleja de las intervenciones psicológicas basada en evidencia.
Sobre este asunto, recientemente se publicaron unas denuncias y declaraciones, las cuales resultan ser altamente preocupantes. Por un lado, ponen de manifiesto que las llamadas terapias reparativas o de conversión tienen años llevándose a cabo en nuestro país. Por otra parte, denuncian que las mismas están siendo realizadas en instituciones y por personas que no necesariamente cuentan con licencias otorgadas por el Estado, como es el caso de las iglesias, según menciona la comunicación. Esto último imposibilita el tomar acciones correctivas en caso de que se cometan faltas éticas que atenten contra el bienestar y la vida de una persona. Así también, nos preocupan las acusaciones emitidas hacia colegas que presuntamente llevan a cabo dichas prácticas, pese a que las mismas no tienen base científica y que lejos de ser terapéuticas representan tortura y no reducen ni eliminan los síntomas psicológicos de la persona, sino al contrario, instigan síntomas de depresión y ansiedad, además de crear estados mentales peligrosos que pudieran repercutir en ideas o intentos suicidas.
Ante este panorama queremos señalar que, para atender apropiadamente estas situaciones, será necesario que cada uno(a) de nosotros(as), como persona o como miembro de alguna institución, asumamos la responsabilidad que nos corresponde. Ya hemos indicado que como profesionales de la disciplina tenemos que obrar dentro de los estándares éticos y científicos de la profesión. Sin embargo, es igualmente importante que, como persona que entra en contacto directo con información que apunta a prácticas profesionales anti-éticas, debemos asumir nuestra responsabilidad personal de denunciarlo. Señala el Reglamento de la Junta Examinadora de Psicólogos de Puerto Rico que:
“Los (las) psicólogos(as) cooperan con el comité de ética debidamente constituido por la Junta Examinadora de Psicólogos y responden a cualquier reclamación o indignación de forma rápida y precisa” (p. 2). También señala el Código de Ética citado que “Cuando los psicólogos(as) se percatan de una violación ética por otro psicólogo(a) llevan a cabo un intento informal para resolver el asunto mediante el planteamiento de dicha conducta directamente al otro(a) psicólogo(a), cuando aún exista la posibilidad de corregir el daño que pueda haber causado o prevenir el peligro que dicha falta pueda implicar… Si la violación no fuera resuelta o no pudiera ser resuelta en un acercamiento informal, los(as) psicólogos(as) la presentan ante la atención del Comité de Ética de la Junta Examinadora de Psicólogos de Puerto Rico (p.44).” Esto nos hace a todos(as) responsables en el plano personal.
En lo colectivo, algunos(as) de nosotros asumimos posiciones de liderato en la academia o en instituciones del gobierno. En este asunto que nos ocupa, las instituciones que forman profesionales de la psicología en el país tienen el deber ético de promover en sus estudiantes el desarrollo de destrezas, conocimiento y actitudes cónsonos con los más altos estándares ético/profesionales.
Como líderes de entidades del gobierno que emplean psicólogos(as) somos igualmente responsables de velar porque los profesionales contratados(as) no se alejen de lo que son las prácticas psicológicas apropiadas. En ninguna circunstancia podemos permitir que a estos(as) profesionales se les obligue a realizar evaluaciones y proveer tratamiento en condiciones que claramente violentan las formas y lugares apropiados para llevar a cabo tales tareas.
Por último, la Junta Examinadora de Psicólogos de Puerto Rico, compuesta por cinco profesionales de la psicología, tienen igualmente su responsabilidad en este asunto. Como entidad no debe limitarse a dilucidar las quejas éticas sometidas a su consideración. En su función como entidad del estado que debe proteger a los usuarios(as) de los servicios psicológicos del país, la JEP debe asumir su responsabilidad de orientar y educar. Igualmente podría, según establece el propio Reglamento de la JEP, someter querellas por iniciativa propia, cuando entra en contacto con información que apunta a que algún(a) colega debidamente licenciado(a) incurre en conducta profesional aparentemente anti-ética.
Una vez dicho esto, les recordamos que la APPR no es una entidad regulatoria de la profesión, por lo que no es nuestra función investigar o adjudicar sanciones en casos de violaciones éticas por parte de colegas. Sin embargo, tenemos el deber de hacer llamados a los(as) profesionales de la psicología referente a lo que deben ser las buenas prácticas de la profesión, velando los estándares éticos que rigen nuestro quehacer. También tenemos la potestad para realizar recomendaciones y peticiones a la Junta Examinadora de Psicólogos de Puerto Rico, que es el organismo del Estado que regula nuestra profesión, para evaluar e investigar situaciones que pudieran ser consideradas violaciones éticas o prácticas incorrectas, no basadas en la evidencia científica. La APPR también está disponible para atender consultas u ofrecer asesoramiento sobre estos temas éticos a nuestra membresía.
Cónsono con nuestro interés de contribuir a la atención de la situación planteada, la APPR ha decidido servir de apoyo y enlace para facilitar la radicación de quejas ante la JEP. El procedimiento para radicar una queja ante la JEP es relativamente sencillo. Indica el Reglamento que:
La querella debe ser presentada por escrito, firmada y bajo juramento, por el o los querellantes.
Toda querella deberá indicar el nombre y apellidos, así como la dirección postal o residencial y número de teléfono del querellante o los querellantes, así como del querellado o querellados.
La querella deberá, además, contener una exposición clara y concisa de los hechos en que se basa, así como la indicación específica de la disposición de ley, reglamento, o término de una licencia cuya violación se imputa y del remedio que se solicita.
Para ello la persona puede utilizar el formulario desarrollado por la JEP (2019) para esos propósitos. Una vez radicada la querella, queda en manos de la JEP el trámite, según se describe en el Reglamento.
Si a la persona que quiere radicar una querella le interesa, la APPR está dispuesta a facilitar el envío de la documentación a la Oficina de Reglamentación y Certificación de Profesionales de la Salud, que es la entidad del Departamento de Salud bajo la cual se agrupan las juntas examinadoras. La APPR también está dispuesta a ofrecer asesoramiento sobre la forma de completar el mencionado formulario. Si fuera necesario, y así la persona lo expresa, la APPR contribuirá con, hasta un máximo de, $25 para cubrir los gastos correspondientes a la declaración jurada. Hemos separado un fondo limitado para cubrir este servicio. Esta aportación se realizará sólo en aquellos casos que sean solicitados por miembros de la Asociación y cuya preocupación sobre faltas éticas sea llevada a consulta con el Comité de Ética de la APPR, para evaluar los méritos de esta.
Una vez más, hacemos un llamado a los(as) psicólogos(as) licenciados(as), así como a los(as) profesionales en formación a evaluar de forma crítica y cuidadosa sus acciones, competencias y prácticas. Los(as) psicólogos(as) tenemos una responsabilidad con la población a la que servimos y es por ello por lo que debemos mantenernos al día con los últimos avances en la ciencia, las competencias requeridas y estándares éticos establecidos. Recordemos que el quehacer de la psicología tiene como meta fomentar el bienestar psicológico y emocional de las personas a las que servimos. Incurrir en prácticas como las antes mencionadas pone en riesgo la vida de las personas que reciben los servicios y afecta la toma de decisiones y la prestación de servicios adecuados. Además, representa un descrédito para la profesión, afectando la credibilidad y confiabilidad de los y las profesionales.
Kevia M. Calderón Jorge, PhD
Presidenta 2021